#misangreeslamismaquelavuestra

Ayer conocíamos la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que avala que los Estados puedan prohibir a hombres que tienen sexo con otros hombres donar sangre en los casos justificados por salud pública. Esto ha creado mucha confusión entre la sociedad y la propia comunidad gay, lesbiana, bisexual y transgénero (LGBT*).

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El problema de base es la utilización del término epidemiológico hombres que tienen sexo con hombres (HSH) y, a partir de él, usar el concepto homosexual para referirse a todos estos como una categoría social. No todos los HSH se definen homosexuales. Y si seguimos tirando de lógica, no todos los HSH, ni todos los homosexuales tienen prácticas de riesgo para una ITS.

Consideramos primero lo más básico: no se puede discriminar a los donantes por razón de su condición sexual o por el género u orientación sexual de la pareja que libremente elijan. Esta es una medida que estigmatiza a los homosexuales y, más allá, a otras orientaciones sexuales, y ataca, directamente, a la diversidad, pudiendo abrir la puerta a la exclusión de otros grupos de población.

¿Es transcendental la prohibición o duda de ella por una orientación sexual o debemos hablar de prácticas de riesgo?

Ponemos un ejemplo, si una persona es homosexual en su orientación y lleva una vida sexual saludable, con protección y ningún caso de ITS, ¿debe existir una normativa o la posibilidad de que se genere un protocolo que le prohíba donar sangre frente a cualquier otra persona de las múltiples opciones de orientación sexual que hay (pansexual, bisexual, heterosexual…) y las posibilidades de prácticas de riesgo?

Distintas entidades y plataformas, como BCN Checkpoint e Hispanosida,CESIDA o COGAM, ya han emitido su posicionamiento contra un texto discriminatorio por parte de la Unión Europea. El grupo socialista europeo ha presentado hoy una pregunta parlamentaria al respecto en la sesión matinal del parlamento.

Por otro lado, se trata de una medida ineficaz a la hora de aportar más seguridad a los receptores de una donación de sangre. En la actualidad, en España, los donantes ya deben rellenar un cuestionario antes de la donación,basado en situaciones de riesgo y no en su orientación sexual. Además, existe un protocolo y unas técnicas específicas y eficaces que garantizan un alto nivel de protección de la salud de los receptores, por lo queprohibir la donación de sangre de personas homosexuales, o a HSH, supone una clara discriminación por razón de orientación sexual y un ataque a la propia libertad sexual y la diversidad de esta.

A pesar de que la prevalencia del VIH sea elevada entre los homosexuales varones, las personas diagnosticadas saben que no deben donar sangre y el cribado pararía cualquier opción de primo-infección (infección reciente del VIH) si no se permite donar a una persona que haya tenido una práctica de riesgo sexual para este virus, sea cual sea su orientación sexual o género de su pareja sexual. La práctica es la única información necesaria.

Por lo tanto, excluir a todo un grupo de población no contribuirá a incrementar la seguridad de las donaciones. En todo caso habría que mejorar los sistemas de control de sangre al donar, que ya son muy buenos en España (diez años sin ningún caso de transmisión por transfusión) para evitar esos posibles espacios indeterminados de posibles infecciones de VIH y otras. Porque parece que solo es un problema el VIH y con él los homosexuales.

Para finalizar, creemos que lo que deberían hacer las instituciones europeas es emplazar los gobiernos de los Estados miembros a usar todas las herramientas a su alcance para reducir la elevada incidencia del VIH entre los homosexuales e invertir los recursos necesarios para implementar una educación sexual y afectiva adecuada. No se puede girar la cara como están haciendo en los últimos años a la respuesta al VIH y además poner más barreras administrativas, en vez de retirar las que ya existen y dificultan el día a día de la persona que vive con el VIH.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea se ha extralimitado al avalar, o permitir, la decisión a nivel de cada país para la prohibición a hombres que tienen sexo con hombres de donar sangre.

Resulta lógico que, por razones de salud pública, se limite de forma puntual la donación, si los criterios epidemiológicos así lo aconsejan (ya se hace con otras infecciones), pero nunca basado en una orientación sexual (homosexual) y sí basado en prácticas de riesgo: relación anal sin preservativo en los últimos tres meses, uso de jeringuilla compartida para drogas inyectadas… Sin embargo, hacerlo de forma permanente puede conllevar a medio plazo problemas de discriminación por orientación sexual. Y es que no es la primera vez que la Corte europea se excede al aplicar valoraciones científicas en sus sentencias.

La prohibición de donar sangre debería realizarse de forma individual y no colectiva, y siempre en caso de que se observen prácticas de riesgo, tal y como ocurre en España. En otras palabras, el Tribunal debería haber precisado mucho más qué significa la prohibición de donar sangre. Especialmente cuando en sus términos se aplica el carácter «permanente».

Los países deben adecuar sus legislaciones, y el formato de la comunicación de las mismas, para evitar la estigmatización del colectivo homosexual o cualquier otro colectivo y para no seguir trasladando la idea errónea de que el VIH y otras infecciones de transmisión sexual van asociadas a determinados grupos, en lugar de a determinadas prácticas de riesgo, y promover la realización de la prueba del VIH y de otras ITS entre toda la población sexualmente activa, para evitar diagnósticos tardíos.

Sólo hay que ser testigo de la reacción social y en redes a esta noticia para entender que las palabras son más importantes en la discriminación y el estigma de lo que nos creemos, porque esta normativa puede afectar a mucha más gente que a los que nos podemos definir como homosexuales.

Nos gustaría conocer tu opinión ante esta sentencia que consideramos discriminatoria del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, porque solo hablando de ello, entre todos, podemos evitar el estigma.

El ilustrador y músico José Luis Algar ha creado la imagen que acompaña a este post, una imagen con la que quiere ilustrar esta sentencia que genera desigualdad, y que nos ha cedido, además, José Luis quiere subastar la obra original a favor de los programas de diagnóstico precoz de VIH y otras ITS que desarrollamos en nuestra entidad; pronto os contaremos más sobre esta subasta. Muchas gracias, José Luis, por esta iniciativa y por tu apoyo.
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